PY ANA Py-ANA-SNE-83n3-19-44
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File
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1743-06-18 - 1779-12-26
Reales Cédulas
- Que en los reinos de Indias se cumpla y guarde el contenido del auto acordado y Real Cédula que se insertan y tratan de las disposiciones testamentarias dolosas o involuntarias.
- A los Arzobispos y Obispos, de las indias para que hagan publicar el breve adjunto, en orden a que los sacerdotes, así regulares como seculares puedan celebrar tres misas en el día de la conmemoración de los difuntos.
- Para que en los reinos de las indias se cumplan los dos breves que se citan para que los cura párrocos puedan casar a sus feligreses sin licencia de las ordinarias, no siendo de las personas que se expresan y sobre que para ellas nombren los mismos ordinarios Vicarios foráneos que las reciban las informaciones para sus matrimonios.
- Para que los reinos de América se cumplan, y observen los dos breves que se insertan, en que permite su Santidad, que los Sábados de cada semana, a excepción de los que se expresan, se pueda rezar el oficio propio de la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora y añadir en la Letanía llamada Lauretana el versículo Mater Inmaculada, después del de Mater Intemerata.
- Para que en los reinos de las indias se arreglen las misteriosas ceremonias del jueves y viernes Santos, a las Rúbricas de la Iglesia.